Por el cual se dicta una disposición en una Sección de Policía Nacional acantonada en Cali
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Desde el 1º de octubre próximo, auméntanse tres agentes de segunda clase, en la Sección de Policía Nacional, acantonada en Cali, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, Consejo Administrativo de Ferrocarriles Nacionales, a que se refiere el Decreto ejecutivo número 391, de 4 de marzo del corriente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 28 de .septiembre de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
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