Por los cuales se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional). por $ 2.977.100.000.00 y (ministerio de hacienda y crédito público) por $ 54.233.658
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Decreto-ley 294 de 1973, está facultado para abrir, en receso del Congreso, créditos adicionales al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;
Que el Gobierno Nacional dispone de recursos para adicionar el presupuesto con el fin de adelantar programas de desarrollo económico y social con base en el producto de la operación de crédito externo celebrado con un grupo de bancos extranjeros cuyo Agente es el Chemical Bank;
Que para amparar la apertura del crédito adicional en el presupuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101, numeral 2° del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 14 de 1979 por $ 2 977.100.000.00;
Que con este crédito no se excede el 25% del monto total de la ley de apropiaciones para la actual vigencia;
Que el Consejo de Ministros ha autorizado la apertura del crédito propuesto y el Consejo de Estado emitió concepto previo y favorable sobre el mismo, y
Que se han cumplido los requisitos necesarios,
DECRETA:
Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de dos mil novecientos setenta y siete millones cien mil pesos ($2.977:100.000.00) moneda corriente, que con .base en el Certificado de Disponibilidad número 14 de 1979 expedido por el Contralor General.de la República, se incorporará en el siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.
Recursos de Capital.
CAPITULO XIII
Recursos del Crédito.
- b) Recursos del Crédito Externo.
| Numeral 132. Equivalente, en pesos del producto del préstamo de abril 9 de 1979, celebrado con un grupo de bancos extranjeros actuando como Agente el Cheminal Bank | 2.911.100.000 | |
|---|---|---|
| Valor del Recurso | $ | 2.977.100.000 |
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979:
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público Deuda Pública Nacional.
CAPITULO 1
Deuda Externa.
| 410. | Art. 1676ª. | Para pagar la deuda por concepto de capital que vence el 19 de junio de 1979, el préstamo celebrado el 18 de mayo de 1975 entre el Gobierno Nacional y un grupo de bancos actuando como Agente el Irving Trust Company | $ | 2.977.100.000 | |
|---|---|---|---|---|---|
| 9082 | Amortización 2.977.100.000 | ||||
| Valor del Crédito Adicional | $ | 2.977.100.000 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E a 19 de julio de 1979.
julio cesar turbay ayala
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
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