Por los cuales se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional). por $ 2.977.100.000.00 y (ministerio de hacienda y crédito público) por $ 54.233.658

Rango Decreto
Publicación 1979-08-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Decreto-ley 294 de 1973, está facultado para abrir, en receso del Congreso, créditos adicionales al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;

Que el Gobierno Nacional dispone de recursos para adicionar el presupuesto con el fin de adelantar programas de desarrollo económico y social con base en el producto de la operación de crédito externo celebrado con un grupo de bancos extranjeros cuyo Agente es el Chemical Bank;

Que para amparar la apertura del crédito adicional en el presupuesto, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101, numeral 2° del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 14 de 1979 por $ 2 977.100.000.00;

Que con este crédito no se excede el 25% del monto total de la ley de apropiaciones para la actual vigencia;

Que el Consejo de Ministros ha autorizado la apertura del crédito propuesto y el Consejo de Estado emitió concepto previo y favorable sobre el mismo, y

Que se han cumplido los requisitos necesarios,

DECRETA:

Artículo 1° Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de dos mil novecientos setenta y siete millones cien mil pesos ($2.977:100.000.00) moneda corriente, que con .base en el Certificado de Disponibilidad número 14 de 1979 expedido por el Contralor General.de la República, se incorporará en el siguiente numeral:

Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.

Recursos de Capital.

CAPITULO XIII

Recursos del Crédito.

Numeral 132. Equivalente, en pesos del producto del préstamo de abril 9 de 1979, celebrado con un grupo de bancos extranjeros actuando como Agente el Cheminal Bank 2.911.100.000
Valor del Recurso $ 2.977.100.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979:

Presupuesto de funcionamiento.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público Deuda Pública Nacional.

CAPITULO 1

Deuda Externa.

410. Art. 1676ª. Para pagar la deuda por concepto de capital que vence el 19 de junio de 1979, el préstamo celebrado el 18 de mayo de 1975 entre el Gobierno Nacional y un grupo de bancos actuando como Agente el Irving Trust Company $ 2.977.100.000
9082 Amortización 2.977.100.000
Valor del Crédito Adicional $ 2.977.100.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E a 19 de julio de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra.

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