Por los cuales se adiciona el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y se abren unos créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Deuda Pública Nacional). por $ 2.977.100.000.00 y (ministerio de hacienda y crédito público) por $ 54.233.658

Rango Decreto
Publicación 1979-08-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y

considerando:

Que el Gobierno Nacional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del Decreto-ley 294 de 1973, está facultado para abrir en receso del Congreso créditos adicionales al presupuesto con la aprobación del Consejo de Ministros y el concepto previo y favorable del Consejo de Estado;

Que el Gobierno Nacional dispone de recursos para adicionar el presupuesto para adelantar programas de desarrollo económico y social con base en la cancelación de reservas del balance del tesoro de 1977 según lo previsto en el artículo 125 del decreto-ley precitado;

Que para amparar la apertura de los créditos adicionales en el presupuesto, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 8 de 1979 por $ 54.233.658.00;

Que el Consejo de Ministros ha autorizado la apertura de los créditos propuestos y el Consejo de Estado emitido concepto previo y favorable sobre los mismos, y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,

decreta:

Artículo 1.° Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la vigencia fiscal de 1979 en la cantidad de cincuenta y cuatro millones doscientos treinta y tres mil seiscientos cincuenta y ocho pesos ($ 54.233.658 00) moneda corriente, que con base en el Certificado de Disponibilidad número 8 de 1979 expedido por el Contralor General de la República se incorporará así:

Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital.

Recursos de Capital.

CAPITULOXII

Recursos del Balance del Tesoro.

Numeral 101. Cancelación de reservas del Balance del Tesoro de 1977 financiadas con Recursos del Crédito Externo, AID 54.233.658
Valor del Recurso $ 54.233.658
Artículo 2.° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1979, así:

Presupuesto de Inversión.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

CAPITULO 05

Dirección General del Crédito Público.

Programa 47.

Fomento y Desarrollo Cooperativos.

Inversión Indirecta.

Recursos del Balance del Tesoro.

Cancelación Reservas 1977.

Crédito Externo A.I.D.

Art.
42 263. 5659B. Para financiar programas de fomento y desarrollo cooperativos a través del Instituto de Financiamiento Cooperativo, según contrato de fideicomiso con el Banco de República $ 34.197.158
42 263. 5659C Para entregar al Banco de la República, en desarrollo del contrato de administración celebrado con el Gobierno Nacional para programas de fomento y desarrollo cooperativos a través de CEDORA 20.036.500
--- --- --- --- --- ---
Suman los Créditos Adicionales $ 54.233.658
Artículo 3.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1979.

julio cesar turbay ayala

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jaime García Parra

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