Por el cual se fijan las asignaciones de los Magistrados del Consejo de Estado y del Fiscal

Rango Decreto
Publicación 1931-10-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de las facultades extraordinarias conferidas por la Ley 99 del presente año, y teniendo en consideración que los señores Magistrados del Consejo de Estado ceden a favor del Tesoro el 10 por 100 de los sueldos que hoy devengan, conforme a la resolución aprobada unánimemente por esa alta corporación el día 1° de octubre del corriente año,

DECRETA:

Artículo único. A partir del día 1° del presente mes de octubre, los sueldos mensuales que devenguen los Magistrados del Consejo de Estado y el Fiscal, serán los siguientes:

Del Presidente del Consejo, $ 720; cada uno de los Consejeros $ 450, y el Fiscal del Consejo, $ 350.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de octubre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

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