por el cual se modifica el Decreto número 1084 de mayo 2 de 1966 que dispone una distribución parcial del aporte para el Jardín Botánico "José Celestino Mutis" de Bogotá, incluída en el Presupuesto Nacional vigente, Ministerio de Educación Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial las que le confiere la Ley 93 de 1965 y el Decreto 3395 de 1965,
decreta:
Artículo único. La partida apropiada en el Presupuesto Nacional vigente, como aporte al Jardín Botánico "José Celestino Mutis" de Bogotá, en el Capítulo 704, articulo 7384, se distribuye así:
CAPITULO 704
Financiamiento a cargo del Ministerio
Programa 489
Financiamiento de Academias e Instituciones.
Artículo 7384. Jardín Botánico "José Celestino Mutis"
Servicios personales
| Anual | |
|---|---|
| a) Sueldos de nómina | $ 28.800.00 |
| b) Servicios Técnicos | 14.400.00 |
| c) Jornales | 28.920.00 |
| d) Primas de Navidad y Prestaciones | 7.840.00 |
| Gastos Generales | Gastos Generales |
| e) Viáticos y gastos de viaje | 6.250.00 |
| f) Mantenimiento | 61.790.00 |
| g) Compra de equipo | 60.000.00 |
| h) Materiales y suministros | 10.000.00 |
| i) Servicios públicos | 2.000.00 |
| j) Servicios de comunicación | 3.000.00 |
| k) Construcciones | 77.000.00 |
| $ 300.000.00 |
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 11 de 1966.
guillermo leon valencia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Joaquín Vallejo Arbeláez. El Ministro de Educación Nacional, Daniel Arango.
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