Por lo cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979 (Ministerios de Justicia y Educación Nacional y Procuraduría General de la Nación) por $ 98.481.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que los Ministerios de Justicia y Educación Nacional y Procuraduría General de la Nación por medio de las Resoluciones números 1879, 8401, 11687, 11179, 9473 y 438 DSA de 1979, declararon sobrante la suma de $ 98.481.000.00 con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones de su mismo presupuesto que resultaron insuficientes;
Que de conformidad con el artículo 113 del Decreto-ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 62, 63. 64, 70 y 71 de 1979, por valor de $ 2.500.000, $ 1.650.000, $ 7.000.000, $ 2.410.000 y $ 84 921.000, respectivamente, para amparar los traslados presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1979:
AQUÍ VA PDF ADJUNTO. DESDE LA PAG. 9, HASTA LA PAG. 11Articulo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 19 de julio de 1979.
JULIO CESAR TURBAY AYALA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Jaime García Parra.
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