por el cual se suprimen unos cargos vacantes de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 18 de la Ley 790 de 2002 y el Decreto 190 de 2003 disponen que los cargos que quedaren vacantes, como consecuencia de la jubilación o pensión de vejez de los servidores públicos que los desempeñaren, deberán ser suprimidos;
Que la Superintendencia de Industria y Comercio presentó, al Departamento Administrativo de la Función Pública, la justificación técnica de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 para efectos de modificar su planta de personal, encontrándola ajustada técnicamente, emitiendo, en consecuencia, concepto previo favorable;
Que para los fines de este decreto se cuenta con el concepto de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímese de la planta de personal de la Superintendencia de Industria y Comercio los siguientes cargos:
| Número de Cargos | Denominación del Empleo | Código | Grado |
|---|---|---|---|
| PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL | PLANTA GLOBAL |
| 1(uno) | Secretario | 5140 | 11 |
| 1(uno) | Secretario | 5140 | 10 |
| 1(uno) | Conductor Mecánico | 5310 | 06 |
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto 2661 de 1999.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de junio de 2006.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alberto Carrasquilla Barrera.
El Ministro de Comercio, Industria y Turismo,
Jorge H. Botero.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Fernando Grillo Rubiano.
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