Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 893.200

Rango Decreto
Publicación 1975-09-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando:

Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975 con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que el Ministerio de Educación Nacional, por medio de la Resolución número 2705 de 1975, declaró sobrante la cantidad de $ 893.200 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975, con el objeto de que sea traslada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 42 de 1975 por $ 893.200 para amparar los traslados presupuéstales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de Funcionamiento Presupuesto de Funcionamiento Presupuesto de Funcionamiento Presupuesto de Funcionamiento
MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Contracrédito. Contracrédito. Contracrédito. Contracrédito.
CAPITULO 255 CAPITULO 255 CAPITULO 255 CAPITULO 255
Gabinete del Ministro. Gabinete del Ministro. Gabinete del Ministro. Gabinete del Ministro.
Programa 255. Programa 255. Programa 255. Programa 255.
Dirección superior. Dirección superior. Dirección superior. Dirección superior.
Gabinete del Ministro. Gabinete del Ministro. Gabinete del Ministro. Gabinete del Ministro.
Transferencias. Transferencias. Transferencias. Transferencias.
205 311 412 Artículo 2565. Gastos de funcionamiento de planteles de educación media nacionalizados en zonas fronterizas $ 893.200
Suma el contracrédito $ 893.200
Créditos. Créditos. Créditos. Créditos.
CAPITULO 256 CAPITULO 256 CAPITULO 256 CAPITULO 256
Oficina de Inspección y Evaluación Educativa. Oficina de Inspección y Evaluación Educativa. Oficina de Inspección y Evaluación Educativa. Oficina de Inspección y Evaluación Educativa.
Programa 256 Programa 256 Programa 256 Programa 256
Inspección educativa. Inspección educativa. Inspección educativa. Inspección educativa.
Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales. Servicios personales.
101 311 103. Artículo 2586. Sueldos del personal de nómina $ 812.000
102 311 117. Artículo 2588. Prima de Navidad 81.200
Suman los créditos $ 893.200
Artículo 2.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 1° de septiembre de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.

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