Por el cual se aumenta el sueldo del Gerente de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y en especial de la que le confiere el parágrafo 5° del artículo 1° de la Ley 66 de 1926,
DECRETA:
Artículo único. A partir del 1° de julio del año en curso, el sueldo del señor Gerente de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones será de seiscientos pesos ($ 600) mensuales, en lugar de los cuatrocientos pesos ($ 400) que tenía asignados. El mayor gasto que ocasiona el presente Decreto se pagará con imputación al capítulo 84, articulo 1529 del Presupuesto vigente.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 19 de julio de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Correos y Telégrafos,
Luis Guillermo ECHEVERRI
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.