Por el cual se ordena el resello de estampillas para Correo Aéreo
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. Ordénase el resello para Correo Aéreo de 16.000.000 de estampillas de Correo Nacional de valor facial de $ 0.10, emisión "Salto de Tequendama".
Artículo segundo. En los términos anteriores queda modificado el Decreto número 0239 del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de julio de 1953.
Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA
El Ministro de Comunicaciones,
Teniente Coronel Manuel Agudelo G.
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