Por el cual se aprueba una medida administrativa
El Presidente de la República de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Apruébase la disposición del Gobernador de Galán por la cual oonvoca á sesiones extraordinarias, que durarán tres días, contados desde el 7 del presente, al Consejo administrativo del Departamento.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, á 14 de Febrero de 1908.
R. REYES
El Ministro de Gobierno,
- d. euclides DE ANGULO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)