Por el cual se incluye en el escalafón del Ejército activo a unos Oficiales de reserva

Rango Decreto
Publicación 1936-02-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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ElPresidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Los Oficiales de reserva que se encuentran en la actualidad prestando sus servicios como tales y sean ingenieros graduados o hayan hecho los estudios correspondientes al último año de ingeniería en la Facultad Nacional, serán incorporados en el escalafón de Oficiales de Guerra del Ejército activo.

Parágrafo. Para los efectos del artículo anterior, los interesados deberán presentar al Ministerio de Guerra los comprobantes de estudios correspondientes.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de enero de 1930.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Benito HERNANDEZ B,

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