Por el cual se aplaza la vigencia del Decreto 1479 de fecha 22 de julio de 1988

Rango Decreto
Publicación 1988-08-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1ºAplázase la vigencia del Decreto número 1479 de fecha 22 de julio de 1988, hasta el 1º de octubre de 1988.
Artículo 2ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 26 de agosto de 1988.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Julio Londoño Paredes.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcon Mantilla.

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