Por el cual se prorrogan los efectos de un Decreto
El Presidente de la Republica de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Prorroganse por un año más los efectos del Decreto número 1835 de 27 de octubre de 1917, "por el cual establece el servicio de mensajes telegráficos de respuesta pagada con la Republica del Ecuador", en los mismos términos de dicho Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de octubre de 1918.
MARCO FIDEL SUAREZ. - El Ministro de Gobierno, Marcelino ARANGO
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