Por el cual se derogan los Decretos 2243, 2244 y 2296 de 1994, 474 y 598 de 1995
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1º. Deróganse los Decretos 2243, 2244 y 2296 de 1994, 474 y 598 de 1995.
Artículo 2º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Eduardo Fernández Delgado.
El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,
José Antonio Vargas Lleras.
El Director del Departamento Administrativo de la función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.
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