Por el cual se fija una imputación

Rango Decreto
Publicación 1925-12-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El crédito adicional de $ 55,500, abierto por la Ley 77 de 1925, llevará la siguiente imputación:

Ley de Apropiaciones de 1925.

MINISTERIO DE GOBIERNO

CAPITULO I

Artículo 1º Para viáticos de los Senadores que concurrieron a las sesiones extraordinarias de la presente legislatura, sueldos en un mes de los empleados de la Secretaría del Senado y honorarios de los empleados que arreglaron el archivo de las sesiones ordinarias 20,000
Artículo 1º A. Para pagar al Secretario del Senado sus honorarios por el trabajo en la edición de la Compilación Parlamentaria y Administrativa, ordenada por el Senado 1,500
Artículo 2º Para viáticos de los Representantes que asistieron a las sesiones extraordinarias de la presente legislatura, sueldos en un mes de los empleados de la Secretaría de la Cámara y honorarios de los empleados que arreglaron el archivo de las sesiones ordinarias 18,200
Artículo 3º Para gastos de representación de cuarenta y ocho Senadores y ciento doce Representantes 15,800

Publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de diciembre de 1925.

PEDRO NEL OSPINA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús M. MARULANDA

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