Por el cual se prorroga el término de las funciones de la Comisión de Asuntos Penales y Penitenciarios
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
a)que por decreto número 1233, de 3 de julio del presente año, se prorrogó el tiempo de funciones de la Comisión de Asuntos Penales y Penitenciarios, por noventa días, que vencen el día de hoy, y
- b) Que la elaboración del proyecto de Código de Procedimiento Penal está para ser terminada, la que no podría suspenderse sin grave perjuicio para los intereses de la justicia penal,
DECRETA:
Artículo único. Prorrógase indefinidamente el término de funciones de la Comisión de Asuntos Penales y Penitenciarios.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 4 de octubre de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
Alberto LLERAS
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