Por medio del cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1961-08-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. De la partida asignada en el Capítulo 2405, artículo 24155 del Presupuesto de la vigencia en curso, "Estudios de Riegos", hácese a siguiente distribución:

Capítulo 2405, articulo 24155.

Para entregar a la caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, a fin de adelantar algunos estudios de irrigación, de acuerdo con la recomendación el Comité de Irrigaciones, así:

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 27 de julio de 1961.

ALBERTO LLERAS.

Hernando Ayúdelo Villa,

Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Otto Morales Benitez,

Ministro de Agricultura.

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