Por el cual se reforma el número 522, de 14 de marzo de 1931

Rango Decreto
Publicación 1931-10-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Los nombramientos de empleados subalternos, de las Administraciones de Hacienda de las Comisarias Especiales de Arauca, Caquetá y Putumayo, serán hechos por el Poder Ejecutivo.

Los Estanqueros que funcionen en las mismas Comisarías serán nombrados por el respectivo Administrador de Hacienda, cuyos decretos quedarán sometidos a la revisión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

En estos términos queda reformado el Decreto número 522 de 14 de marzo del corriente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 3 de octubre de 1931.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jesús M. MARULANDA

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