Por el cual se refunden dos Legaciones de la República

Rango Decreto
Publicación 1930-10-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

POR EL CUAL SE REFUNDEN DOS LEGACIONES DE LA REPUBLICA

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1° Desde el 1° de noviembre del presente año quedarán refundidas en una sola las Legaciones de la República en el Reino de Bélgica y en el Reino de los. Países Bajos.
Artículo 2° La Legación de la República en los. Reinos de. Bélgica y los Países Bajos tendrá su sede en Bruselas, y quedará a cargo del señor José Luis Arango, actual Encargado de Negocios en Holanda, quien tendrá la misma Categoría y el mismo sueldo de que actualmente disfruta.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1930.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Eduardo SANTOS

Digitó: CC.52.741.900

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.