Por el cual se abre un créditos adicional al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1975 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por 202.500.000.00

Rango Decreto
Publicación 1975-09-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

considerando

Que el numeral 1° del artículo 42 de la Ley 15 de 1974; facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes aprobaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional en desarrollo de las autorizaciones de la Ley 3ª de 1972 celebró un contrato de préstamo con la Agencia Internacional para el Desarrollo (AID) por US$ 500.000 que equivalen en pesos colombianos $ 202.500.000 destinados a financiar un programa de acueducto y alcantarillado en ciudades intermedias;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 22 de 1975 por $202.500.000 para amparar el crédito adicional de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

decreta:

Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1975, con la cantidad de doscientos dos millones quinientos mil pesos ($ 202.500.000) moneda legal que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 22 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. CAPITULO 013 Recursos del crédito b) Recursos del crédito externo. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. CAPITULO 013 Recursos del crédito b) Recursos del crédito externo. Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital. CAPITULO 013 Recursos del crédito b) Recursos del crédito externo.
Numeral 132. Préstamo AID-515-U-076. Desarrollo dé ciudades intermedias $ 202.500.000
Suma el recurso $ 202.500.000
Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de Inversión: CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 564. Préstamos del Gobierno Nacional. Recursos del crédito externo. Préstamo AID-U-076. Presupuesto de Inversión: CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 564. Préstamos del Gobierno Nacional. Recursos del crédito externo. Préstamo AID-U-076. Presupuesto de Inversión: CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 564. Préstamos del Gobierno Nacional. Recursos del crédito externo. Préstamo AID-U-076. Presupuesto de Inversión: CAPITULO 560 Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Programa 564. Préstamos del Gobierno Nacional. Recursos del crédito externo. Préstamo AID-U-076.
587 400. Artículo 5624. Para entregar al Instituto Nacional de Fomento Municipal, en calidad de préstamo bajo la modalidad fijada por el Decreto 505 de 1975, con destino, a adelantar un programa, de acueducto y alcantarillado en ciudades intermedias $ 202.500.000
Suma el crédito adicional $ 202.500.000
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D. E., a 1° de septiembre de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.

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