Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de la presente vigencia
El Presidente ele la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y en vista de la aprobación dada por el honorable Consejo de Ministros al traslado solicitado por el Ministerio de Relaciones Exteriores,
DECRETA:
Hácese en el Presupuesto de la actual vigencia el siguiente traslado:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
CAPITULO 19
| Del artículo 63 al artículo 65 | $ | 4,500 |
|---|---|---|
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de octubre de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Relaciones Exteriores,
R. URDANETA ARBELAEZ
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