Por el cual se deroga un decreto

Rango Decreto
Publicación 1979-08-27
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales,

decreta:

Artículo 1º Derógase el Decreto 1606 de 4 de julio de 1979 mediante el cual se suprimen unos cargos y se crean otros en la planta de personal del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 2º Este Decreto rige desde su expedición.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 26 de julio de 1979.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Secretario General, Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Carlos Lemos Simonds.

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