Por el cual se hacen unas distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Educación Nacional), por $ 22.300.000.00

Rango Decreto
Publicación 1970-10-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades, legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11 de 1969, corresponde al Gobierno Nacional distribuir, las partidas que así lo requieran liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio dé la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos

Ministerios y Departamentos Administrativos, y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que el Ministerio de Educación Nacional ha propuesto la distribución de varias sumas en su presupuesto de la vigencia fiscal de 1970, y

Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado convenientes y ceñidas a las disposiciones legales, las distribuciones propuestas,

DECRETA:

Artículo 1°. Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Funcionamiento

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 280

Ministerio de Educación Nacional

Programa 322

División de Capacitación del Magisterio

Transferencias

205 317 411 Artículo 3135, Para el pago de contratos con Universidades, Escuelas Normales o privadas para cursos de capacitación y perfeccionamiento de profesores de enseñanza primaria .y media. $ 1.000.000 00

Que se distribuye así:

Departamento de Bolivar:

Ordinal 5 Liceo Nacional Soledad Ácosta de Samper, Cartagena. $ 25.000
a) Para pago de personal docente y administrativo $24.000
b)Para material de enseñanza $ 1.000

Departamento de Atlántico:

Ordinal 6 Escuela Normal Nacional de Varones, de Barranquilla $ 25.000
a) Para pago de personal docente y administrativo $24.000
b)Para material de enseñanza $ 1.000

Departamento de Antioquía:

Ordinal 7 Escuela Normal Nacional de Varones, de Medellín 15.400
a) Para pago de personal docente y administrativo $14.400
b)Para material de enseñanza $ 1.000

Departamento de Caldas:

Ordinal 8 Escuela Normal Nacional de Varones, de Manizales 15.400
a) Para pago de personal docente y administrativo $14.400
b)Para material de enseñanza $ 1.000

Departamento de Risaralda:

Ordinal 9 Escuela Normal Nacional de Varones, de Pereira 15.400
a) Para pago de personal docente y administrativo $14.400
b)Para material de enseñanza $ 1.000

Departamento de Tolima:

Ordinal 10 Escuela Normal Nacional de Varones, de Ibagué 25.000
a) Para pago de personal docente y administrativo $23.400
b)Para material de enseñanza 2.000

Departamento de Huila:

Ordinal 12-A Normal Nacional de Pitalito 14.600
a) Para pago de personal docente y administrativo $13.600
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b) Para material de enseñanza 1.000
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Para cursos de Profesores de Enseñanza Media en el Departamento de Cundinamarca.

Ordinal 13 Colegio Nacional Sergio Arboleda de Bogotá $14.400

Departamento de Boyacá:

Ordinal 14 Normal Nacional de Señoritas de Tunja $ 25.000
a) Para pago de personal docente y administrativo $24.000
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b) Para material de enseñanza 1.000
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Departamento de Santander:

Ordinal 15-A Colegio Nacional San José de Guanentá, de San Gil $ 14.600
a) Para pago de personal docente y administrativo $13.600
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b) Para material de enseñanza 1.000
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Departamento de Norte de Santander:

Ordinal 16-A Colegio Nacional de Señoritas de Ocaña $ 14.600
a) Para pago de personal docente y administrativo $13.600
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b) Para material de enseñanza 1.000
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Ordinal 16-B Normal Nacional de Varones, de Convención $ 14.600
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a) Para pago de personal docente y administrativo $13.600
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b) Para material de enseñanza 1.000
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Intendencia de San Andrés.

Ordinal 18 Escuela Nacional Industrial de San Andrés $ 3.000
a) Para pago de personal docente $ 3.000
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Departamento del Cauca:

Ordinal 20 Normal Nacional de Señoritas, Guapi $ 9.000
a) Para pago de personal docente y administrativo $9.000
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Intendencia del Caquetá.

Ordinal 21 Normal Nacional de Señoritas., de Florencia $ 9.000
Ordinal 22 Para viáticos y transporte de funcionarios del Ministerio, que dicten cursos de capacitación y actualización a Maestros de Primaria, en ejercicio y alumnos del Ciclo Profesional Normalista sobre enseñanza: pre-escolar y técnica de la enseñanza primaria 60.000
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Presupuesto de Inversión

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 680

Ministerio de Educación Nacional

Programa 680

Construcciones Escolares

Subprograma 1. Construcción y dotación de Escuelas Urbanas.

Otros recursos.

588 312 Artículo 6800. Administración Programas de Construcción, Bogotá $ 10.000.000.00

Que se distribuyen así:

Servicios personales

Proyecto 1. Sueldos del personal de nómina $ 10.000.000

Fondos contrapartidas

588 312 Artículo 6800-A. Administración Programas de Construcción, Bogotá, $ 10.000.000.00

Que se distribuyen así:

Servicios personales

Proyecto 1 Sueldos del personal de nómina 224.715
Proyecto 2 Sueldos del personal supernumerario 375.029
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Proyecto 3 Remuneración servicios técnicos 332.396
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Proyecto 4 Jornales 56.363
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Proyecto 5 Honorarios 50.582
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Proyecto 6 Prima de Antigüedad 28.904
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Proyecto 7 Prima de cambio de sede 21.678
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Proyecto 8 Prima de Navidad 847.295
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Proyecto 9 Indemnización por vacaciones 28.904
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Proyecto 10 Auxilios de transporte 28.326
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Proyecto 11 Subsidio Familiar 43.067
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Proyecto 12 Indemnización concesiones al personal 14.452
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Gastos generales

Proyecto 13 Compra de equipo 433.560
Proyecto 14 Mantenimiento y aseguros 497.871
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Proyecto 15 Viáticos y gastos de viaje 1.731.730
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Proyecto 16 Servicios de Comunicaciones 362.637
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Proyecto 17 Servicios Públicos 131.686
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Proyecto 18 Materiales y Suministros 947.574
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Proyecto 19 Intereses y comisiones bancarias 22.400
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Proyecto 20 Impresos y publicaciones 1.637.339
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Proyecto 21 Arrendamientos 164.226
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Proyecto 22 Mejoras en propiedades ajenas 101.164
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Proyecto 23 Gastos de entierro 15.897
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Proyecto 24 Gastos varios e imprevistos 94.660
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Proyecto 25 Administración Edificio CAN 14.452
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Transferencias

Proyecto 26 Fondo Nacional del Ahorro 924.577
Proyecto 27 Contraloría General de la República 868.516
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Programa 681

Construcción, reconstrucción y dotación de obras de fomento cultural.

Otros recursos

588, 317. Artículo 6820-A. Adquisición y restauración de Obras en los Museos Colonial, Jorge E. Gaitán y Nacional, $ 500.000.00

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Museo Colonial $ 170.000
a) Adquisición de obras $ 120.000
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b) Restauración de obras 50.000
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Proyecto 2. Museo Jorge E. Gaitán $ 160.000
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a) Adquisición de obras $ 110.000
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b) Restauración de obras 50.000
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Proyecto 3. Museo Nacional $ 170.000
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a) Adquisición de obras $ 120.000
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b) Restauración de obras 50.000
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588, 317. Artículo. 6822. Reconstrucción y conservación Teatro Colón y Escuela de Arte Dramático, $ 500.000.00.

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Reconstrucción y conservación del Teatro Colón 200.000
Proyecto 2. Reconstrucción y conservación de la Escuela de Arte Dramático 300.000
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588, 317. Artículo 6825-A. Dotación y equipo Biblioteca y Archivo Nacional, $ 500.000.00:

Que se distribuyen así:

Proyecto 1. Biblioteca Nacional, dotación y equipo 250.000
Proyecto 2. Archivos Nacionales, dotación y equipo 250.000
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588, 317. Artículo 6826-A. Fomento Bibliotecas Públicas, $ 500.000.00.

Que se distribuyen así:

Proyecto 1. Reorganización y dotación de Bibliotecas de Sonsón, Yarumal, Sabanagrande, Chiquinquirá, Guateque, Paipa, Aranzazu, Salamina. Girardot, Zipaquirá, Istmina, Quibdó. Garzón, Pitalito, Villavicencio, Pasto, Túquerres, Cúcuta, Ocaña, Pamplona, Mocoa, Pereira, Santa Rosa de Cabal, Málaga, Piedecuesta, Sincé, Corozal, Espinal, Buga y Roldanillo que dependen actualmente del Instituto, suma destinada a cada una $ 15 000.00 450.000
Proyecto 2. Para la adquisición de una máquina para procesamiento de material bibliográfico destinado al servicio de, las Bibliotecas 50.000
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Total $22.300.00
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Artículo 2°. El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Patiño Rosselli.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.