Por el cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 13 de septiembre en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para hacer algunos traslados entre las apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 4805, procedente de la Secretaria de dicha entidad,
DECRETA:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
NOTA: POR SU EXTENCIÓN Y COMPLEJIDAD SE PUEDE CONSULTAR EN EL DIARIO OFICIAL 24470.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de septiembre de 1040.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Jorge Eliécer GAITAN
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