Por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Departamento Administrativo de Seguridad), por $ 100.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades, legales, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del primero de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de -funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha da la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;
Que por medio de la Resolución ejecutiva número 205 de 1970, el Gobierno Nacional declaró sobrante y, por lo tanto, disponible para ser contracreditada, la cantidad de $ 100.000,00, en el presupuesto de gastos, a el Departamento Administrativo de Seguridad Nacional, para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de un crédito adicional al mismo presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 36 de 1970, por $ 100,000.00, para amparar el crédito presupuestal de que trata éste Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácese el siguiente, contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:
Presupuesto de Funcionamiento
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE SEGURIDAD NACIONAL,
CAPITULO 031
Departamento Administrativo de Seguridad' Nacional
Programa 046
Desarrollo Operativo
Servicios personales
| 101,133,103 | Artículo0371. Sueldos del personal de nómina | $100.000 |
|---|---|---|
| Suma el contracrédito | $100.000 |
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:
Presupuesto de Funcionamiento
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
DE SEGURIDAD NACIONAL
CAPITULO 031
Departamento Administrativo de Seguridad Nacional
Programa 045
Dirección y Administración
Gastos generales
| 106,111,219 | Artículo 368-A. Auxilio funerario | $100.000 |
|---|---|---|
| Suma el crédito | $100.000 |
Artículo 3°. El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1970.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Patiño Rosselli.
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