Por el cual se hace un contracrédito y se abre un crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970 (Departamento Administrativo de Seguridad), por $ 100.000.00

Rango Decreto
Publicación 1970-11-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades, legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3° del artículo 56 de la Ley 11 de 1969, se facultó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del primero de enero de 1970, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de -funcionamiento e inversión que requiera la buena marcha da la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito;

Que por medio de la Resolución ejecutiva número 205 de 1970, el Gobierno Nacional declaró sobrante y, por lo tanto, disponible para ser contracreditada, la cantidad de $ 100.000,00, en el presupuesto de gastos, a el Departamento Administrativo de Seguridad Nacional, para la vigencia fiscal de 1970, con el objeto de utilizar el recurso para financiar la apertura de un crédito adicional al mismo presupuesto;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 36 de 1970, por $ 100,000.00, para amparar el crédito presupuestal de que trata éste Decreto, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácese el siguiente, contracrédito al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Funcionamiento

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

DE SEGURIDAD NACIONAL,

CAPITULO 031

Departamento Administrativo de Seguridad' Nacional

Programa 046

Desarrollo Operativo

Servicios personales

101,133,103 Artículo0371. Sueldos del personal de nómina $100.000
Suma el contracrédito $100.000
Artículo 2°. Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Funcionamiento

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

DE SEGURIDAD NACIONAL

CAPITULO 031

Departamento Administrativo de Seguridad Nacional

Programa 045

Dirección y Administración

Gastos generales

106,111,219 Artículo 368-A. Auxilio funerario $100.000
Suma el crédito $100.000
Artículo 3°. El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Patiño Rosselli.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.