Por el cual se crea una Inspección de Trabajo y Seguridad Social y se suprime otra con sus respectivos empleos
El Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Colombia, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Gobierno y delegatario de las funciones presidenciales, en desarrollo del Decreto 1685 de 1987 y en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política y de la prevista en el artículo 64 del Decreto 0062 de 1976,
DECRETA:
Artículo 1ºCréase la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Guapí (Cauca) con los empleos Inspector de Trabajo 5085, Grado 13 y Secretario 5140, Grado 06.
Artículo 2ºSuprímense los cargos de Inspector de Trabajo 5085, Grado 13 y Secretario 5140, Grado 06 de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Arauca (Arauca) que fueron creados por Decreto 1540 del 14 de agosto de 1987.
Artículo 3º La jurisdicción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Guapí (Cauca), comprende a López y Timbiquí.
Artículo 4º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D.E., a 16 de septiembre de 1987.
Julio Londoño Paredes
El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,
Diego Younes Moreno.
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