Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1945-07-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 19 de julio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Departamento Norte de Santander.
Capítulo 90.
Del artículo 1011. Para, las obras de defensa de Cúcuta contra las avenidas del río Pamplonita $ 3.000.00
Capítulo 96.
Del artículo 1798. Para la construcción del Palacio Municipal de la ciudad de Cúcuta Ley 9ª de 1939 30.000.00
Del artículo 1806. Para la construcción de la Casa Municipal de Bochalema. Ley 180 de 1938, artículo 5° 15.000.00
Del artículo 1821. Para el hotel de turismo de Durania. Ley 82 de 1940 7.000.00
Del artículo 1849. Para la casa de mercado de Chinácota 10.000.00
Del artículo 1865. Para el stadium municipal de Cúcuta 10.000.00
Capítulo 101.
Del artículo 1912. Para aportar la primera cuota correspondiente en cumplimiento de la Ley 158 de 1941, IV centenario de Pamplona 30.000.00
Suman los contracréditos $ 105.000.00
AL MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOC1AL AL MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOC1AL AL MINISTERIO DE TRABAJO, HIGIENE Y PREVISION SOC1AL
Departamento Norte de Santander.
Capítulo 45.
Al artículo 490. Para el alcantarillado de Cúcuta $ 55.000.00
Al artículo 499 A, Para continuar la construcción del hospital de Ocaña 50.000.00
Suman los créditos $ 105.000.00
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 23 de julio de 1945.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos S. DE SANTAMARIA

El Ministro de Trabajo, Higiene y Previsión Social,

Adán ARRIAGA ANDRADE

El Ministro de Obras Públicas,

Alvaro DIAZ S.

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