Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento e Inversión para la vigencia fiscal de 1970 (Ministerio de Educación Nacional, por $ 81.500.000.00

Rango Decreto
Publicación 1970-11-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades, legales, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 11 de 1969, corresponde al Gobierno Nacional distribuir las partidas que así lo requieran liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán de la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos

Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;

Que el Ministerio de Educación Nacional ha propuesto la distribución de apropiaciones-de sus presupuestos de funcionamiento e inversión de la vigencia fiscal de 1970, por un valor total de $ 81.500.00000, de los cuales corresponden $ 55.000.000.00, a los Institutos de Educación Media

Diversificada, distribuidos en $ 15.000.000.00 iniciales, y $ 40.000.000.00, adicionados por medio del Decreto número 1127 de 1970, y $ 26.500.000.00, para la construcción y dotación del planteles de educación, y

Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado conveniente y ceñida a las disposiciones legales, la distribución propuesta,

DECRETA:

Artículo 1°. Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1970:

Presupuesto de Funcionamiento

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

CAPITULO 280

Ministerio de Educación Nacional

Programa 317

Educación Media

Subprograma 8. Institutos de Educación Media Diversificada.

Transferencias

203,313,413 Artículo 3051. Con destino a los gastos que por servicios personales y gastos generales se causen para atender al funcionamiento de 10 Institutos de Educación Media Diversificada, que funcionarán en las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín, Cartagena, Bucaramanga, Montería, Cúcuta, Pasto, Barranquilla y Santa Marta, durante la vigencia fiscal de 1970, previa distribución que hará el Ministerio de Educación y la Dirección General del Presupuesto $55.000.000

Que se distribuyen así:

Ordinal 1. INEM. Barranquilla 8.103.719
Ordinal 2. INÉM. Bogotá 10.064.033
Ordinal 3. INEM. Bucaramanga 6.961.896
Ordinal 4. INEM. Cali, 4.174.311
Ordinal 5. INEM. Cartagena 901.806
Ordinal 6. INEM. Cúcuta 7.356.559
Ordinal 7. INEM. Medellín 8.081.271
Ordinal 8. INEM. Montería 773.165
Ordinal 9. INEM. Pasto 3.341.907
Ordinal 10. INEM. Santa Marta 5.241.333

Presupuesto de Inversión

CAPITULO 680

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Programa 680

Construcciones Escolares

Subprograma 2. Construcción y dotación escuelas

primarias rurales.

Fondos de contrapartidas

588,312 Artículo 6803. Construcción y dotación escuelas primarias Litoral Pacífico $ 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto1. Chocó 600.000
Proyecto 2. Valle 400.000

Otros recursos

588,312 Artículo 6803-A. Construcción y dotación escuelas primarias Litoral Pacífico $ 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Cauca 550.000
Proyecto 2. Nariño 450.000
588,312 Artículo 6804. Construcción y dotación escuelas primarias en Territorios Nacionales, $ 1.000.000
--- --- ---

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Amazonas 400.000
Proyecto 2. Caquetá 350.000
Proyecto 3. Vaupés 250.000

Fondos de contrapartidas

588,312 Artículo 6805. Construcción y dotación escuelas primarias en zonas fronterizas $ 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Nariño 375.000
Proyecto 2. Amazonas 200.000
Proyecto 3. Vaupés 175.000
Proyecto 4. Vichada 250.000

Otros recursos

588,312 Artículo 6805-A. Construcción y dotación escuelas primarias en zonas fronterizas $ 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Norte de Santander 300.000
Proyecto 2. Arauca 150.000
Proyecto 3. Guainía 400.000
Proyecto 4. Guajira 150.000

Subprograma 3. Construcción y dotación de planteles de educación media.

Fondos de contrapartidas

588,313 Artículo 6807. Mejoramiento de 13 escuelas vocacionales agrícolas 500.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Bolívar 117.000
Proyecto 2. Boyacá 120.000
Proyecto 3. Cundinamarca 114.000
Proyecto 4. Huila 117.000
Proyecto 5. Guajira 32.000

Otros recursos

588,313 Artículo 6807-A. Mejoramiento de 13 escuelas vocacionales agrícolas 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Guajira 85.000
Proyecto 2. Magdalena 117.000
Proyecto 3. Meta 110.000
Proyecto 4. Nariño 110.000
Proyecto 5. Norte de Santander 117.000
Proyecto 6. Risaralda 117.000
Proyecto 7. Santander 110.000
Proyecto 8. Valle 234.000
588,313 Artículo 6808. Mejoramiento de 12 Escuelas Industriales 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Antioquia 200.000
Proyecto 2. Atlántico 100.000
Proyecto 3. Bolívar 100.000
Proyecto 4. Cauca 100.000
Proyecto 5. Huila 50.000
Proyecto 6. Magdalena 50.000
Proyecto 7. Meta 50.000
Proyecto 8. Risaralda 50.000
Proyecto 9. Santander 100.000
Proyecto10. Tolima 50.000
Proyecto11. Valle 150.000

Fondos contrapartidas

588,313 Artículo 6809. Mejoramiento de 43 Colegios de Bachillerato 1.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Atlántico 400.000
Proyecto 2. El Cesar 250.000
Proyecto 3. Guajira 200.000
Proyecto 4. Huila 150.000
Proyecto 5. Magdalena 200.000
Proyecto 6. Meta 100.000
Proyecto 7. Nariño 350.000
Proyecto 8. Norte de Santander 450.000
Proyecto 9. Quindío 450.000
Proyecto10. Risaralda 450.000
Proyecto11. Santander 700.000
Proyecto12. Sucre 150.000
Proyecto13. Arauca 150.000

Otros recursos

588,313 Artículo 6809-A. Mejoramiento de 43 Colegios de Bachillerato 4.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Antioquia 740.000
Proyecto 2. Boyacá 100.000
Proyecto 3. Caldas 530.000
Proyecto 4. Cauca 280.000
Proyecto 5. Córdoba 150.000
Proyecto 6. Cundinamarca 1.530.000
Proyecto 7. Chocó 80.000
Proyecto 8. Tolima 360.000
Proyecto 9. Valle 230.000

Subprograma 6. Construcción, dotación y mejoramiento de Normales Pilotos.

Fondos de contrapartidas

588,313 Artículo 6814. Mejoramiento de 23 Normales Pilotos 2.500.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Antioquia 573.000
Proyecto 2. Boyacá 500.000
Proyecto 3. Caldas 400.000
Proyecto 4. Cauca 574.000
Proyecto 5. Córdoba 348.000
Proyecto 6. Chocó 105.000

Otros recursos

588,313 Artículo 6814-A. Mejoramiento de 23 Normales Pilotos 2.500.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Chocó 243.000
Proyecto 2. Huila 173.000
Proyecto 3. Nariño 521.000
Proyecto 4. Norte de Santander 521.000
Proyecto 5. Sucre 343.000
Proyecto 6. Tolima 520.000
Proyecto 7. Valle 174.000

Subprograma 7. Obras varias.

Fondos de contrapartidas

588,319 Artículo 6816, Mantenimiento edificios, muebles y equipos escolares 2.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Bogotá D.E. 540.270
Proyecto 2. Antioquía 687.270
Proyecto 3. Atlántico 258.860
Proyecto 4. Bolívar 246.260
Proyecto 5. Boyacá 267.340

Otros recursos

588,319 Artículo 6816-A, Mantenimiento edificios, muebles y equipos escolares 4.000.000

Que se distribuye así:

Proyecto 1. Boyacá 58.720
Proyecto 2. Caldas 246.260
Proyecto 3. Cauca 221.060
Proyecto 4. Córdoba 229.460
Proyecto 5. Cundinamarca 330.260
Proyecto 6. Chocó 120.260
Proyecto 7. Cesar 149.660
Proyecto 8. Guajira 120.260
Proyecto 9. Huila 174.860
Proyecto10. Magdalena 212.660
Proyecto11. Meta 124.460
Proyecto12. Nariño 242.060
Proyecto13. Norte de Santander 204.260
Proyecto14. Quindío 149.660
Proyecto15. Risaralda 183.260
Proyecto16. Santander 313.460
Proyecto17. Sucre 149.660
Proyecto18. Tolima 267.260
Proyecto19. Valle 502.460
Total 81.500.00
Artículo 2°. El presente Decreto, rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 22 de septiembre de 1970.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Patiño Rosselli.

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