Por el cual se aprueba un Contrato
El Vicepresidente de la República, encargado del Poder Ejecutivo,
Visto el Contrato celebrado con el Sr. Manuel María Madero, el 5 del presente, y
CONSIDERANDO:
1.° Que á virtud de lo dispuesto en el Decreto número 1603, de 29 de Octubre último, se llamó por el Ministerio de Hacienda á licitación para la enajenación del lote de esmeraldas de que trata el Convenio por el cual el Gobierno y la Sociedad The English Mining Syndicate, Limited, transigieron las diferencias ocurridas con motivo del Contrato de arrendamiento de las minas de esmeraldas de Muzo y Coscuez;
2.° Que habiéndose llenado las formalidades del caso para la venta de tales esmeraldas en licitación pública, el remate no pudo verificarse por falta de postores, y
3.° Que el Gobierno, tanto por la necesidad de arbitrar fondos como por considerar inconveniente una nueva licitación, dada la naturaleza del artículo materia de la venta, estima acertado y conveniente para los intereses nacionales el Contrato de venta de las esmeraldas á que se ha hecho alusión,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase en todas sus partes el siguiente
"CONTRATO NUMERO DE 1902
"(5 de diciembre)
"sobre venta de un lote de esmeraldas.
"Los infrascritos, á saber: José Ramón Lago, Ministro de Hacienda, debidamente autorizado por el Excmo. Sr. Vicepresidente de la República, y previo el dictamen favorable del honorable Consejo de Ministros, y Carlos Uribe, en representación de la Sociedad The English Mining Syndicate, Limited, de Londres, por una parte, con el fin de dar cumplimiento á la cláusula 1.ª del Convenio celebrado el 22 de Octubre último, aprobado por Decreto legislativo, número 1603, de 29 de los mismos, en vista de que se procedió á la venta, en licitación pública, del lote de esmeraldas de que trata dicha cláusula, y que no se presentaron postores, juzgan inconveniente una nueva licitación, por lo cual han resuelto venderlas; y, para el efecto, hechas las diligencias del caso, la mejor oferta ha sido la presentada por el Sr. Manuel María Madero, y éste, en su propio nombre, por otra, han celebrado el siguiente Contrato:
'Lago y Uribe venden á Madero el lote de esmeralda, con peso de cincuenta y un mil seiscientos cuarenta quilates (qs. 51.640), de que se ha hecho referencia, por la cantidad de siete mil libras esterlinas (£ 7.000), de las cuales tres mil setecientas diez libras (£ 3.710), ó sea el cincuenta y tres por ciento (53 por 100), que corresponde al Gobierno, consignará Madero en la Tesorería general de la República, y tres mil doscientas noventa libras (£ 3.290), ó sea el cuarenta y tres por ciento (43 por 100), que corresponde á la Sociedad citada, entregará el mismo Madero á Uribe, en su carácter dicho, todo esto de acuerdo con lo estipulado en el Convenio de transacción, aprobado por el Decreto número 1603 antes aludido.
'Este Contrato necesita, para su validez, la aprobación del Excmo. Sr. Vicepresidente de la República.
'En fe de lo expuesto se firma el presente en Bogotá, á cinco de Diciembre de mil novecientos dos.
'José Ramón Lago-Carlos Uribe. Manuel María Madero G.
"Poder Ejecutivo nacional-Bogotá, 10 de Diciembre de 1902
"Aprobado.
"josé manuel MARROQUÍN
"El Ministro de Hacienda,
"josé ramon LAGO"
Publíquese.
Expedido en Bogotá, el 10 de Diciembre de 1902
JOSE MANUEL MARROQUÍN
El Subsecretario de Gobierno, encargado del Despacho,
Antonio Gutiérrez Rubio
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Felipe E. Paúl
El Ministro de Hacienda,
José Ramón Lago.
El Ministro de Guerra,
Aristides Fernández
El Ministro de Instrucción Pública,
JoséJoaquín Casas
El Ministro del Tesoro,
Francisco MendozaP.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.