por el cual se aprueba el Presupuesto de gastos de la Intendencia del Meta, para la vigencia fiscal de 1913
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el Decreto número 15 (14 de febrero de 1913), sobre Presupuesto de gastos para 1913, dictado par la Intendencia del Meta, con las variaciones siguientes:
El sueldo del Oficial Escribiente de la Intendencia es de $ 40 mensuales.
La partida para gastos imprevistos se fija en $ 360.
Parágrafo. De la partida de gastos imprevistos no podrá disponerse sin la correspondiente Resolución motivada de la Intendencia, sujeta a la aprobación del Ministerio de Gobierno.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de febrero de 1913.
CARLOS E. RESTREPO
El Ministró de Gobierno,
pedro m. CARREÑO
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