Por el cual se fijan el personal y las asignaciones para la Escuela de Música de Popayán

Rango Decreto
Publicación 1941-10-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

Que en el artículo 896 (parágrafo 10), capítulo 68, del Presupuesto vigente, se apropió la suma de

$ 5.000 para auxiliar a la Escuela de Música de Popayán, suma que fue girada a la

Universidad del Cauca por relación de autorización permanente número 85/3086, de cuyo giro queda el saldo correspondiente a los meses de octubre a diciembre, o sea la cantidad de $ 1.249.98;

Que por Decreto número 1719, de fecha 7 de octubre en curso, se dispuso que la citada Escuela de Música, a partir de la fecha, del Decreto, será una dependencia del Ministerio de Educación, el cual nombrará los profesores y empleados del plantel y les fijará sueldos,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del lº de octubre en curso, la Escuela de Música de Popayán, de que trata el Decreto 1719 de 1941, funcionará con el siguiente personal y asignaciones:
Mensual. En 3 meses
Un Director-Profesor-Habilitado, con. $190.00 570.00
Un Profesor de Violín y Contrabajo 70.00 210.00
Una Profesor de Piano 50.00 150.00
Un Profesor de Iniciación Musical 30.00 90.00
Un Portero 30.00 90.00
Para servicios, material y gastos varios 139.98
Total $1.249.98

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1941

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Garlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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