Por el cual se hacen unas traslaciones dentro del presupuesto de gastos vigente. (ministerio de obras públicas)

Rango Decreto
Publicación 1959-07-11
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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(Ministerio de Educación Nacional).

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, especialmente de las que le confieren los Decretos legislativos números 00164 de 1950 y 1599 de 1953 (Ley 2ª de 1958), y

CONSIDERANDO:

Que el Contralor General de la República, expidió con fecha 17 de junio del presente año, la certificación legal número 34 sobre disponibilidad de las sumas que se contracrédito, y

Que se han observado todas las demás normas legales, según aparece del expediente levantado al efecto,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

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