por el cual se deroga el Decreto 1307 de 1998

Rango Decreto
Publicación 1998-09-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el ordinal 13 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA:

Artículo 1°. Derógase el Decreto 1307 de 1998.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 28 de agosto de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Educación Nacional,

Germán Alberto Bula Escobar.

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