Por el cual se crean unas plazas, se les fijan las asignaciones correspondientes y se hacen unos nombramientos, en el Ministerio de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1939-09-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° A partir de la fecha del presente Decreto, créase la plaza de Ayudante del Interventor del Gobierno ante la Compañía All America Cables, en Bogotá, con asignación mensual de $ 80, que será pagada por la Compañía, y nómbrase para desempeñarla a la señorita Isabel Gaitán.
Artículo 2° A partir de la misma fecha del artículo anterior, créase una plaza de Cartero en la Sección de Distribución de Telegramas de Bogotá, con asignación mensual de $ 50, y nómbrase para desempeñarla a Emilio Castro.

Parágrafo. El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior se imputará al capítulo 65, artículo 486, del Presupuesto vigente.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de septiembre de 1939.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Correos y Telégrafos,

Alfredo CADENA D'COSTA

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