Por el cual se adiciona el Decreto número 1941 de 1941, que distribuye las partidas de la Escuela Normal de Rurales de Bogotá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. La partida de $ 1.680 trasladada por Decreto número 1411 de 1942, al capítulo 63, artículo.884, y no distribuida por decretos anteriores, se distribuye así:
Para sueldos en seis (6) meses, de julio a diciembre así:
| Mensual. | Total | |
|---|---|---|
| Una Profesora interna, a | $ 100.00 | 600.00 |
| Una Profesora de la Escuela Anexa | 90.005 | 40.00 |
| Profesora de Modistería | 40.00 | 240.00 |
| Portera | 25.00 | 150.00 |
| Jardinero | 15.00 | 90.00 |
| Para aumentar el sueldo el sueldo de la Profesora de Dibujo, de $ 45 a $ 55 mensuales | 10.00 | 60.00 |
| Totales | $ 280.00 | 1.680.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de julio de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda v Crédito Público,
Garlos LLERAS RESTREPO.
El Ministro de Educación Nacional,
Germán ARCINIEGAS
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