Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Relaciones Exteriores) por $ 1.325.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del artículo 43 de la, Ley 18 de 1913, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de garantizar la buena marcha de la administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales coa los organismos internacionales de crédito;
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, por medio de la Resolución número 982 de 1974, declaró sobrante la cantidad de $ 1,325.000, en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo Presupuesto;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1975, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 48 de 1974 por $ 1.325.000 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974.
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Contracréditos
Capítulo 110
Ministerio de Relaciones Exteriores
Programa 110
Dirección Superior
Servicios Personales
| 102 111 120. Artículo 1105. Prima Técnica. | $ | 150.000 |
|---|---|---|
Gastos Generales
| 10.5 111. 203. Artículo 1107. Compra de equipo | $ | 200.000 |
|---|---|---|
Capítulo 111
Dirección General de Protocolo
Programa 111
Ceremonial Diplomático
Servicios Personales
| 102 112 120. Artículo 1115. Prima Técnica | $ | 100.000 |
|---|---|---|
Capítulo 113
Subsecretarías
Programa 113
Dirección y Coordinación de la Política Exterior
Servicios Personales
| 102 112 120: Artículo 1135. Prima Técnica | $ | 425.000 |
|---|---|---|
Programa 114
Servicios Administrativos
Subprograma 1, Dirección Administrativa.
Servicios Personales
| 102 111, 120. Artículo 1165. Prima Técnica | $ | 200.000 |
|---|---|---|
Subprograma 2. Relaciones Culturales.
Servicios Personales
| 102 112 120. Artículo 1180. Prima Técnica | $ | 25.000 |
|---|---|---|
Gastos Generales
| 105 112 203. Artículo 1182, Compra de equipo | $ | 35.000 |
|---|---|---|
Capítulo. 114
Divisiones
Programa 115
Asuntos Consulares e Inmigración
Servicios Personales
| 102 112 120. Artículo, 1187. Prima Técnica | $ | 150.000 |
|---|---|---|
Gastos Generales
| 105 112 203. Artículo 1189, Compra de equipo | $ | 40.000 |
|---|---|---|
| Suman los contracréditos | $ | 1.325.000 |
Créditos
Capítulo 111.
Dirección General del Protocolo
Programa 111
Ceremonial Diplomático.
Gastos Generales
| 106 112 219. Artículo 1119. Recepciones oficiales | $ | 500.000 |
|---|---|---|
Capítulo 112
Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares de la República
Programa 112
Servicio Exterior
Gastos Generales
| 106 112 205. Artículo. 1127, Viáticos y gastos, de viaje | $ | 500.000 |
|---|---|---|
Capítulo 113
Subsecretarías,
Programa 114
Servicios Administrativos.
Subprograma 1. Dirección Administrativa.
Servicios Personales
| 101 111 109. Artículo 1162. Remuneración servicios técnicos | $ | 6.480 |
|---|---|---|
Gastos Generales
| 106 111 208, Artículo 1172. Servicios públicos. | $ | 120.000 |
|---|---|---|
| 106 111 211. Artículo 1173. Materiales y suministros | 75.000 |
Subprograma 2. Relaciones Culturales.
Gastos Generales
| 106; 112 213. Artículo 1184. Impresos y publicaciones | $ | 123.52 |
|---|---|---|
| Suman los créditos | $ | 1.325.000 |
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 22 de agosto de 1974.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Botero Montoya.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.