Por el cual se hace un traslado en la Ley de Apropiaciones de la vigencia en curso
El Presidente de la República*de Colombia,*
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en sesión del día 11 de los corrientes, autorizó al "Ministerio de Obras Públicas para trasladar la suma de $,1,800 dentro del capítulo- 71 del Presupuesto vigente,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase la suma de mil ochocientos pesos ($ 1,800) del artículo 367, capítulo 71, al artículo 361 del mismo capítulo.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 12 de septiembre de 1934.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Obras Públicas,
César GARCIA ALVAREZ
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