Por el cual se efectúan unos traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984 (Congreso Nacional, Departamento Administrativo de Planeación Nacional, Estadística y Ministerios de Hacienda y Crédito público, Deuda Pública Nacional; Trabajo y Seguridad Social, Salud, Educación Nacional y Obras Públicas y Transporte), por valor de $ 3.197.979.936.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 113 del Decreto extraordinario 294 de 1973, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 113 del Decreto extraordinario 294 de 1973 los traslados de apropiaciones entre artículos de un mismo Ministerio o Departamento Administrativo, pueden ser hechos por el Gobierno, cuando no esté reunido el Congreso, previa certificación del Contralor General de la República de que la apropiación que se va a transferir está libre de afectaciones;
Que por medio de las Resoluciones números 1731 de junio 14 de 1984, el Ministerio de Gobierno declara sobrantes unos saldos de apropiaciones en el presupuesto de funcionamiento de la honorable Cámara de Representantes -Congreso Nacional-; 1138 de mayo 25 de 1984, del Departamento Nacional de Planeación; 0901 de junio 18 de 1984, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística; 0855 de abril 6 de 1984, 1872 y 1874 de junio 8 de 1984, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público; 2130 de junio 21 de 1984 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público -Deuda Pública Nacional-; 1657 de mayo 25 de 1984 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; 6740 de mayo 29 de 1984, del Ministerio de Salud; 6304 de mayo 31 de 1984, del Ministerio de Educación Nacional; 4650 de junio 6 de 1984, del Ministerio de Obras Públicas Y Transporte, declararon sobrantes unas partidas en su presupuesto de gastos de estos organismos por la suma de $ 3.197.797.936.00, con el objeto de incrementar unos rubros de sus mismos presupuestos en los cuales las apropiaciones resultaron insuficientes;
Que los Auditores Generales ante la honorable Cámara de Representantes; los Departamentos Administrativos de Planeación, Estadística, y los Ministerios de Hacienda y CrédIto Público -Deuda Pública Nacional-, Trabajo y Seguridad Social, Salud, Educación Nacional y Obras Públicas y Transporte, expidieron los certificados de disponibilidad número 002 de julio 3 de 1984 por valor de $ 11.000.000.00; 001, de junio 28 de 1984, por valor de $ 6.000.000.00; 001 dé junio 28 de 1984, por valor de $ 28.897.836.00; 004, 005 y 006 de junio 29 de 1984, por valor de $ 102.923.100.00; 007 de julio 11 de 1984, por valor de $ 3.009.447.00; 002 de junio 6 de 1984, por valor de $ 5.640.000.00; 002 de junio 28 de 1984, por valor de $ 5.400.000.00; 005 de julio 6 de 1984, por valor de $ 12.500.000.00, y 006 de junio 28 de 1984, por valor de $ 16.000.000.00, respectivamente, refrendados por el Contralor General de la- República conforme a los artículos 1º de la Resolución orgánica número 8299 de julio de 1980 y 113 del Decreto extraordinario 294 de 1973;
Que según lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 39 de diciembre 2 de 1983, la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitió concepto previo y favorable a los traslados propuestos, y que el Departamento Nacional de Planeación conceptuó favorablemente sobre las modificaciones presupuestales, según lo establecido en el artículo 114 del Decreto extraordinario 294 de 1973.
DECRETA:
Artículo 1º Efectúanse los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1984:
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