por el cual se hace la agrupación de los Distritos de Reclutamiento, de que trata el Decreto número 578 de 25 de junio de 1910, y se designan los Oficiales de Reclutamiento a que se refiere el Decreto número 84 de 31 de enero del año en curso

Rango Decreto
Publicación 1913-03-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Los 48 Distritos Militares en que divide al país para los efectos del reclutamiento el Decreto número 578, de 25 de junio de 1910, serán agrupados en 25 Regiones, de acuerdo con el artículo 2° del De­creto número 84 de 31 de enero del año en curso, en la forma que pasa a expresarse:
Artículo 2º. De acuerdo con el De­creto número 84, de 31 de enero del año en curso, llámanse al servicio activo y destínaseles como Coman­dantes de los Distritos Militares agrupados en Regiones en el artí­culo precedente, a los siguientes Ofi­ciales de Reclutamiento, en la forma que pasa a expresarse:

fi. Región F, señor José del C. Sánchez.

S. Región H, señor

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de febrero de 1913.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Guerra, jose manuel aragon

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