Por el cual se adscribe al Departamento de Marina del Ministerio de Guerra la función de expedir patentes de Capitán y demás empleados a bordo de naves marítimas colombianas
El Presidente, de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales; y
CONSIDERANDO
Que el desarrollo, y buena organización de la Marina Nacional requieren la escogencia de un personal apto, idóneo y que ofrezca absolutas garantías para el mando, dirección y manejo de las unidades marítimas;
Que con el mismo objeto debe formarse un escalafón de Capitanes Oficiales y demás empleados de marina, sea de guerra o mercante; y
Que a este fin, la función de expedir grados o patentes para el ejercicio de esos cargos, examinar la capacidad, experiencia y conocimientos de los aspirantes a levantar el escalafón respectiva debe colocarse bajo la dirección de una entidad técnica y plenamente responsable,
DECRETA:
Artículo único. Adscríbense al Departamento de Marina del Ministerio de Guerra, desde la fecha de este Decreto, las funciones de expedir grados o patentes de Capitanes. Oficiales y empleados a bordo de las naves marítimas nacionales.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de septiembre, de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Guerra,
José Joaquín. CASTRO M.
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