Por el cual se hacen unas economías en las asignaciones civiles en el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico

Rango Decreto
Publicación 1941-10-25
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que le confiere el artículo 7° de la Ley 87 de 1940,

DECRETA:

Artículo único. Suprímese el cargo de Portero Citador del Juzgado de Ejecuciones Fiscales, y redúcese a. $ 100 el sueldo de Auxiliar de Contabilidad de la Tesorería General, de la República.

Fíjanse las asignaciones de los siguientes puestos, así:

Secretario del Juzgado de Ejecuciones Fiscales $ 120.00.
Oficial Mayor del Juzgado de Ejecuciones Fiscales 110.00
Inspector de Almacenes del Departamento Nacional de Provisiones 180 00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 20 de octubre de 1941.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito, Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

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