Por el cual se crea el cargo de Viceministro en el Ministerio de Comunicaciones y se hace un nombramiento
de Comunicaciones y se hace un nombramiento.
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades constitucionales y legales,
DECRETA:
Artículo 1°. Créase el cargo de Viceministro del Ministerio de Comunicaciones, cuyas funciones son las establecidas en las disposiciones legales vigentes.
Artículo 2°. Nómbrase Viceministro, categoría 28, del Ministerio de Comunicaciones, al doctor Humberto Chaves Kavia.
Artículo 3°. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese, publíquese y
Dado en Bogotá, D. E., a 29 de septiembre de 1970.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alfonso Patino Roselli. El Ministro de Comunicaciones, Humberto González Narváez. El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, Carmenza Arana de Ramírez.
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