Por el cual se crean unos puestos y se hacen nombramientos de ellos en la sección primera del ferrocarril central del Norte
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
decreta:
Artículo 1º Créanse tres puestos de Ingenieros primeros Ayudantes del Ingeniero Jefe de construcción de la sección primera del ferrocarril central del Norte, con la asignación mensual de $ 320 cada uno.
Artículo 2º Nómbranse los siguientes señores para desempeñar estos cargos: Eduardo Liévano, Daniel Montoya y Pablo Bahamón.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de diciembre de 1925.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
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