Por el cual se distribuye una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. La suma de $7.500 que por Decreto número 1703, de 29 de agosto próximo pasado, se trasladó al artículo 345, capítulo 58, del Presupuesto vigente, para sueldos del personal de la Normal Superior de Bogotá, se distribuye así:
| Sueldos | Mensual | Total | |
|---|---|---|---|
| Para pagar horas de clase, a razón de $ 2.85 la hora, en tres meses, de octubre a diciembre | $ | 2.083.33 | 6.250.00 |
| Para pagar el sueldo del Director de la Sección de Ciencias Sociales, en cinco meses, de agosto a diciembre | 250.00 | 1.250.00 | |
| Sumas | $ | 2.333.33 | 7.500.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá el 8 de septiembre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
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