por el cual se determina la Planta de Personal del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Rango Decreto
Publicación 1990-08-06
Estado Derogada
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución Política y en especial las que le otorga el ordinal 21 del artículo 120, y el artículo 85 del Decreto 1422 de 1989,

DECRETA:

Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, serán cumplidas por la Planta de Personal que a continuación se establece:

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.