Por el cual se deroga el Decreto número 2877 de 1953 (octubre 31)

Rango Decreto
Publicación 1954-07-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO.

Que por medio del Decreto número 2877 de octubre de 1953, se autorizó al Municipio de Medellín, Antioquia, para emitir, por conducto de la Segunda Sección de Empresas Públicas Municipales, bonos hasta por la cantidad de $ 20.000.000.00 moneda corriente, con intereses no mayores del 7% y un plazo para su amortización dé 20 años;

Que el Municipio ha, encontrado dificultades para lanzar al mercado los bonos mencionados y en cambio se propone contratar un empréstito con el .Fondo de Estabilización del Banco de la República, en condiciones que le resultan más ventajosas, y

Que para que el Municipio pueda llevar a cabo la negociación con el Fondo, conviene cancelar la autorización del Decretó número 2877 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Derógase en todas sus partes el Decreto número 2877 de 1953 (octubre 31), por el cual se autorizó al Municipio de Medellín para emitir bonos hasta por la cantidad de $ 20.000.000.00 moneda corriente.
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 8 de junio de 1954.

Teniente General GUSTAVO ROJAS PINILLA

El Ministro de Hacienda, Crédito Público,

Carlos Villaveces,

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