Por el cual se aprueba el Decreto número 149, agosto 4 del corriente año, dictado por el Intendente Nacional del Meta
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo único. Apruébase el siguiente Decreto:
"DECRETO NUMERO 149 DE 1937
(agosto 4)
por el cual se crea un escuela de enseñanza de arte manuales.
El Intendente Nacional de Meta,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo 1° A partir del 15 del presente mes, créase una escuela de enseñanza de artes manuales, para mujeres, la que funcionará en esta ciudad, bajo el cuidado de una Directora, con la asignación mensual de ochenta pesos ($ 80).
Artículo 2° La partida necesaria para cubrir los sueldos de que trata el artículo anterior, se apropiará en el próximo acuerdo adicional que expedirá la Junta de Obras Públicas.
Sométase a la aprobación del señor Ministro d e Agricultura.
Dado en Villavicencio a cuatro de agosto de mil novecientos treinta y siete.
El Intendente, Eugenio Campo Sarria-El Secretario General, Guillermó Peñuela."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 9 de octubre de 1937.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Agricultura y Comercio,
Nicolas LLINAS VEGA
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