Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto vigente
El presidente de la República
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 6 de septiembre en curso, autoriza al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar un traslado dentro de su presupuesto, según consta en el oficio número 2975, procedente de la Secretaria de dicha entidad.
DECRETA:
Artículo único. Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto vigente:
MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
| Del capítulo 26, artículo 117, para muebles, viáticos del personal en comisiones oficiales, material útiles de escritorio y demás gastos de Hacienda Nacional. | $ | 5.500 | |
|---|---|---|---|
| Al capítulo 23 artículo 97. Para sueldos del personal del Ministerio, Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales, juzgados Nacionales de Ejecuciones Fiscales, Consejo de la Economía Nacional, Sección de Aduanas y para el pago de técnicos nacionales y extranjeros que tenga necesidad de contratar el Ministerio | 5.500 | ||
| Sumas iguales | $ | 5.500 | 5.500 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 9 de septiembre de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
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