Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971. (Congreso Nacional, Departamento Adminsitrativo del Servicio Civil y Ministerio de Gobierno y Minsiterio Público), Por $ 1.397.068.00

Rango Decreto
Publicación 1971-09-29
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

Que Por medio del numeral 3° del artículo 50 de la Ley 4ª de 1970, se facultó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1971, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración-Pública, del cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito; Que por medio, de las Resoluciones, números 6972, 426, 0903 y 1105 de1971, el Congreso Nacional, el Departamento Administrativo del Servicio Civil, el Ministerio de Gobierno y el Ministerio Público Procuraduría General de la Nación, declararon sobrantes los saldos de unas apropiaciones de su presupuesto ,de Gastos de la vigencia fiscal en curso, con el objeto de que sean trasladados para incrementar otras apropiaciones de su -mismo Presupuesto que resultaron insuficientes por un valor de $ 1.397.068.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de

La República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números 24, 25, 26 y 27 de 1971, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados dentro del Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal, de 1971:
PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO
Contracréditos.
Congreso Nacional.
CAPIULO 001
Congreso Nacional.
Programa 001.
Senado de la República.
Gastos generales.
105-111-203. Artículo 0010. Compra de equipo $ 600.00
Departamento Administrativo del Servicio Civil.
CAPITULO 025
Consejo Superior del Servicio Civil.
Programa 035.
Administración del Consejo.
Gastos generales.
105-111-201. Artículo 0304. Mantenimiento y aseguro $ 3.400
105-111-203. Artículo 0305. Compra de equipo $ 6.340
106-111-205. Artículo 0306. Viáticos y gastos de viaje $ 13.056
CAPITULO 026
Departamento Administrativo
del Servicio Civil.
Programa 037.
Clasificación, remuneración, registro central, selección y capacitación.
Clasificación, remuneración, registro central, selección y capacitación.
Servicios personales.
101-111-111. Artículo 0327. Honorarios $ 15.000
102-111-120. Artículo 0329. Prima Técnica $ 13.174
Gastos generales.
105-111-203. Artículo 0332. Compra de equipo $ 28.400
Programa 038.
Bienestar Social.
Servicios personales.
101-111-111. Artículo 0339. Honorarios. $ 20.000
Gastos generales.
105-111-201. Artículo 0343. Mantenimiento y aseguras. $ 6.680
105-111-203. Artículo 0344. Compra de equipo. $ 10.000
106-111-205. Artículo 0345. Viáticos y gastos de viaje $ 30.000
106-111-211. Artículo 0346. Materiales y suministros $ 5.000
106-111-213. Artículo 0347. Impresos y .publicaciones $ 12.000
Ministerio de Gobierno.
CAPITULO 101
Ministerio de Gobierno.
Programa 101.
Dirección y Administración Superior.
Gastos generales.
106-111-213. Artículo 1012. Impresos y publicaciones. $ 10.000
Programa 103.
Intendencias y Comisarías.
Gastos generales.
105-111-203. Artículo 1033. Compra de equipo. 20.000
106-111-213. Artículo 1038, Impresos y publicaciones 10.000
Programa 104.
Registraduría del Estado Civil.
Gastos generales. '
106-116-215. Artículo 1061. Arrendamientos $ 473.818
Ministerio Público.
CAPITULO 381
Procuraduría General de la Nación.
Programa 395.
Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito.
Dirección y Administración de Fiscalías de Juzgados del Circuito.
Gastos generales.
106-134-205. Artículo 3854. Viáticos y gastos de viaje $ 70.000
Suman los Contracréditos $ 1.397.068
PRESUPUSTO DE FUNCIONAMIENTO
Créditos:
Congreso Nacional.
CAPITULO 001.
Congreso Nacional.
Programa 001.
Senado de la República,
Gastos generales.
106-111-205. Artículo 0011. Viáticos y gastos de viaje. $ 600.000
Departamento Administrativo del Servicio Civil.
CAPITULO 025
Consejo Superior del Servicio Civil.
Programa 035.
Administración del Consejo.
Servicios personales.
102-111-117. Artículo 0302. Prima de Navidad $ 250
102-111-120. Artículo 0303. Prima Técnica $ 5.000
CAPITULO 026
Departamento Administrativo del Servicio Civil.
Programa 036.
Administración del Departamento.
Gastos generales.
106-111-205. Artículo 0317. Viáticos y gastos de viaje $ 2.000
106-111-207. Artículo 0318. Servicios de Comunicaciones $ 25.000
106-111-211. Artículo 0320. Materiales y suministros $ 50.000
106-111-213. Artículo 0321. Impresos y publicaciones $ 35.000
Programa 037.
Clasificación, remuneración, registro central, selección y capacitación.
Clasificación, remuneración, registro central, selección y capacitación.
Servicios personales.
101-111-109. Artículo 0326. Remuneración servicios técnicos $ 30.000
Gastos generales.
106-111-211. Artículo 0334. Materiales y suministros. $ 30.000
106-111-213. Artículo 0335. Impresos y publicaciones $ 20.000
Programa 038.
Bienestar Social.
Servicios personales.
101-111-109. Artículo 0338. Remuneración servicios técnicos $ 16.000
Ministerio de Gobierno.
CAPITULO 101
Ministerio de Gobierno.
Programa 104.
Registraduría Nacional del Estado Civil.
Gastos generales.
105-116-201. Artículo 1054. Mantenimiento y aseguros $ 200.000
105-116-203. Artículo 1055. Compra de equipo $ 250.000
Programa 105.
Vigencias expedidas.
Servicios personales.
Artículo 1064. Para pago de gastos de vigencias expiradas por concepto de servicios personales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto $ 5.522
Gastos generales.
Artículo 1065. Para pago, de gastos de vigencias expiradas por concepto de gastos generales, mediante resoluciones de reconocimiento que requerirán la aprobación de la Dirección General del Presupuesto. $ 58.296
Ministerio Público.
CAPITULO 381
Procuraduría General de la Nación.
Programa 394.
Dirección y Administración de Fiscalías
de lo Contencioso Administrativo.
Servicios personales
101-134-103. Artículo 3841. Sueldos del personal de nómina $ 70.000
Suman los créditos $ 1.397.068
Artículo 2º El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 10 de septiembre de 1971.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente M.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.